EXTRACTO DE ESTATUTOS

Artículo 3. Fines

La Fundación tiene por finalidad el fomento de la cultura, la integración multicultural, la cooperación al desarrollo, la solidaridad y la integración de las personas con discapacidad o con riesgo de exclusión social.

Artículo 4. Actividades

Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación podrá promover encuentros multiculturales, actividades de intercambio de culturas y educativas diferentes, formación para la integración y la educación en valores, acogimientos temporales, apadrinamientos y todas aquellas otras que se pudieran programar en el sentido de ayudar y que la legislación vigente permita en función de la consecución de los fines sociales.

Artículo 5. Beneficiarios

1. Será destinatario básico de los beneficios, la sociedad en su conjunto y, en concreto, aquellos colectivos o personas que, a juicio del Patronato, sean merecedores de obtener las prestaciones que otorgue en cada momento la Fundación, muy especialmente los niños y niñas en edad infantil o adolescencia que se encuentren refugiados o en situación social penosa y personas con riesgo de exclusión social por cultura o discapacidad.

2. El Patronato, para determinar los beneficiarios de la actividad de la Fundación, actuará con criterios de imparcialidad y no discriminación.